{"id":2824,"date":"2024-10-15T11:50:40","date_gmt":"2024-10-15T16:50:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/?p=2824"},"modified":"2024-10-15T12:12:04","modified_gmt":"2024-10-15T17:12:04","slug":"doj-vs-visa-reflexiones-al-caso-peruano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/doj-vs-visa-reflexiones-al-caso-peruano\/","title":{"rendered":"DOJ vs. Visa: Reflexiones al caso peruano"},"content":{"rendered":"
El <\/span>Department of Justice<\/span><\/i> (DOJ) de USA present\u00f3 una demanda de abuso de posici\u00f3n de dominio contra Visa, alegando que habr\u00eda abusado de su posici\u00f3n de dominio en el mercado de tarjetas de d\u00e9bito para establecer acuerdos comerciales que impiden la entrada de nuevos competidores. Esta se suma a las acciones iniciadas por abuso de posici\u00f3n de dominio de la administraci\u00f3n Biden en mercados emblem\u00e1ticos, contra Google en el mercado de b\u00fasquedas en Internet y Ticketmaster, en la industria de conciertos en vivo.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n \u00bfEsta demanda tendr\u00eda alguna relevancia en nuestro mercado?\u00a0\u00a0<\/i><\/b><\/p>\n Si bien las resoluciones emitidas por cortes americanas no tienen fuerza extraterritorial, una sentencia desfavorable para Visa dejar\u00eda un rastro de conducta anticompetitiva que podr\u00eda ameritar investigaciones y regulaci\u00f3n en otras jurisdicciones.\u00a0\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n En el mercado peruano, Visa tiene la mayor presencia en el mercado de tarjetas de cr\u00e9dito y d\u00e9bito, seg\u00fan <\/span>Informe de INDECOPI<\/a><\/span><\/span> (ver P\u00e1g.14).\u00a0 INDECOPI actualmente revisa una <\/span>denuncia contra Visa<\/span><\/a><\/span><\/span> por presunto abuso de posici\u00f3n de dominio por modificar unilateralmente los t\u00e9rminos y condiciones para el procesamiento de pagos de comercios no domiciliados.\u00a0\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n INDECOPI nota que Per\u00fa es uno de los pa\u00edses que mantiene las <\/span>comisiones m\u00e1s<\/span><\/a><\/span><\/span> altas<\/span><\/span><\/a><\/span> de la regi\u00f3n en el mercado de pasarelas de pago (ver P\u00e1g.15); debido a la falta de regulaci\u00f3n y competencia. Desde su inicio, el regulador acept\u00f3 que se produzca una integraci\u00f3n vertical en el mercado de pagos, donde los emisores (entidades financieras autorizadas para emitir tarjetas de cr\u00e9dito y de d\u00e9bito) y las marcas (como Visa o Mastercard) eran propietarias de los adquirentes (entidades encargadas de afiliar comercios) y tambi\u00e9n de los agregadores (entidades encargadas de afiliar comercios bajo diversas marcas). Al permitir que los adquirentes tengan marcas exclusivas, Visa se posicion\u00f3 como l\u00edder del mercado, logrando una mayor penetraci\u00f3n en los comercios y por ende en usuarios finales.\u00a0<\/span><\/p>\n \u00bfQu\u00e9 problemas genera el abuso de posici\u00f3n de dominio?<\/i><\/b><\/p>\n El fiscal general, Merrick B. Garland declar\u00f3, \u201c<\/span>We allege that <\/i><\/b>Visa<\/i><\/b><\/a><\/span><\/span> has unlawfully amassed the power to extract fees that far exceed what it could charge in a competitive market<\/i><\/b>\u201d.<\/b>\u00a0 Los peruanos pagamos las comisiones m\u00e1s altas de la regi\u00f3n por el uso de tarjetas de cr\u00e9dito y d\u00e9bito, encontr\u00e1ndose por encima de las que resultan aplicables en mercados competitivos.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n El problema no s\u00f3lo es que el monopolista extraiga rentas por encima de las que obtendr\u00eda en un mercado competitivo, adem\u00e1s limita la innovaci\u00f3n en el mercado. Cuando el monopolista abusa de su posici\u00f3n de dominio, existen pocos incentivos para que se desarrolle innovaci\u00f3n e inversi\u00f3n para penetrar en un mercado. El DOJ se\u00f1ala que Apple Pay era una amenaza para Visa. Apple cuenta con la base de clientes, capacidad t\u00e9cnica y recursos financieros necesarios para desplegar su propia pasarela de pagos sustituta y competitiva a Visa. Para mitigar la amenaza, Visa acord\u00f3 con Apple que Apple Pay<\/span>,<\/b> no despliegue servicios y productos competitivos con Visa, a cambio de recibir un porcentaje de las transacciones realizadas con Visa a trav\u00e9s de Apple Pay. A criterio del DOJ, Visa habr\u00eda comprado a Apple para que no compita directamente en detrimento del mercado.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n Adicionalmente, las demandas de abuso de posici\u00f3n de dominio toman muchos a\u00f1os en resolverse y cuando llega la resoluci\u00f3n definitiva, usualmente el da\u00f1o es irreversible y los remedios insuficientes.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n Prevenir antes que Lamentar<\/i><\/b><\/p>\n Las altas comisiones generadas en el mercado de pagos fue el caldo de cultivo ideal para que se desarrollen \u201c<\/span>billeteras digitales<\/span><\/i>\u201d, las m\u00e1s importantes YAPE y PLIN de propiedad de los bancos que generaron la distorsi\u00f3n inicial en el mercado de pagos. Hay que tener cuidado con lo que ocurrir\u00e1 ahora en el mercado de billeteras digitales; parece un <\/span>deja vu<\/span><\/i>, donde hay dos billeteras que mantienen la hegemon\u00eda en el mercado y una de ellas fue forzada a interoperar y aceptar pagos de otras.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n \u00bfQu\u00e9 se debe procurar en el mercado de billeteras digitales para asegurar la\u00a0 competencia? Que no haya pr\u00e1cticas que limiten la competencia, que las aplicaciones permitan la integraci\u00f3n entre ellas, la interoperabilidad y finalmente que se permita el acceso a la data bajo ciertos par\u00e1metros de seguridad (open banking).\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n En otras experiencias, las pasarelas de pago han sido instrumentales para desarrollar \u201cMega Apps\u201d, como el caso de WeChat en China. Una eficiente pasarela de pagos o billetera digital de amplia adopci\u00f3n est\u00e1 en capacidad de convertirse en una Mega App, que arrastra a otras aplicaciones. Les resultar\u00e1 familiar, todo empieza con una billetera para transferir dinero entre amigos, para luego convertirse en una aplicaci\u00f3n donde se realizan pr\u00e9stamos y se venden productos y servicios de terceros; hasta que se convierte en una \u00fanica parada para atender diversas necesidades diarias, una Mega App, que tambi\u00e9n podr\u00eda monopolizar otros mercados.\u00a0\u00a0<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"El Department of Justice (DOJ) de USA present\u00f3 una demanda de abuso de posici\u00f3n de dominio contra Visa, alegando que habr\u00eda abusado de su posici\u00f3n de dominio en el mercado de tarjetas de d\u00e9bito para establecer acuerdos comerciales que impiden la entrada de nuevos competidores. Esta se suma a las acciones iniciadas por abuso de… Ver art\u00edculo<\/a>","protected":false},"author":28,"featured_media":2825,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-2824","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-fintech"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2824","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/28"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2824"}],"version-history":[{"count":8,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2824\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2827,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2824\/revisions\/2827"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2825"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2824"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2824"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2824"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}
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