{"id":10799,"date":"2026-01-22T12:55:39","date_gmt":"2026-01-22T17:55:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/?p=10799"},"modified":"2026-01-22T12:55:39","modified_gmt":"2026-01-22T17:55:39","slug":"el-bcr-modifica-la-regulacion-del-sistema-de-pagos-para-dar-paso-a-la-banca-abierta-en-peru","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/el-bcr-modifica-la-regulacion-del-sistema-de-pagos-para-dar-paso-a-la-banca-abierta-en-peru\/","title":{"rendered":"El BCR modifica la regulaci\u00f3n del sistema de pagos para dar paso a la banca abierta en Per\u00fa"},"content":{"rendered":"

Pedro tiene una cuenta en Interbank y Andrea en BBVA. Para enviarse dinero entre ellos, muchas veces deben recurrir a billeteras distintas o esperar a que la transferencia se procese, un tr\u00e1mite simple se convierte en una barrera innecesaria. Esta situaci\u00f3n, cotidiana para miles de personas en el pa\u00eds, evidencia las limitaciones del sistema de pagos actual.<\/p>\n

Frente a este escenario, el Banco Central de Reserva del Per\u00fa (BCR) ha dado un paso significativo hacia la modernizaci\u00f3n del sistema financiero nacional mediante la Circular N.\u00b0 0022-2025-BCRP, que aprueba el nuevo Reglamento General del Sistema Nacional de Pagos (\u201cReglamento\u201d). Esta reforma, que entrar\u00e1 en vigencia el 1 de abril de 2026, deroga la Circular 012-2010-BCRP y busca facilitar la entrada de nuevos participantes al mercado de pagos, bajo estrictos est\u00e1ndares de seguridad, promoviendo servicios m\u00e1s eficientes, accesibles y competitivos para los usuarios.<\/p>\n

El Modelo Peruano: Iniciaci\u00f3n de Pagos<\/h3>\n

El modelo elegido por el BCR para implementar la banca abierta es la \u00abiniciaci\u00f3n de pagos\u00bb. Este servicio permite que un cliente autorice a un tercero, como una Fintech (TPP), para que ordene transferencias u \u00f3rdenes de pago directamente desde su cuenta bancaria, sin necesidad de usar la aplicaci\u00f3n o interfaz de su banco tradicional. El control de la informaci\u00f3n financiera se traslada de las instituciones al cliente, quien se convierte en el verdadero due\u00f1o de sus datos.<\/p>\n

Esto significa que los usuarios ya no necesitar\u00e1n ingresar a su aplicaci\u00f3n bancaria tradicional o utilizar otras interfaces de pago online para realizar transferencias. En su lugar, podr\u00e1n ejecutar \u00f3rdenes de pago directamente desde la plataforma del proveedor de servicios de su elecci\u00f3n, simplificando significativamente la experiencia del cliente.<\/p>\n

Nuevos Actores: Entidades de Servicios de Pago (ESP)<\/h3>\n

La normativa introduce una nueva categor\u00eda de participantes: las Entidades de Servicios de Pago (ESP).
Estos nuevos actores operar\u00e1n bajo un esquema de requisitos proporcionales a su tama\u00f1o y naturaleza, permitiendo que emprendimientos tecnol\u00f3gicos compitan en el mercado sin las barreras de entrada de un banco de servicio completo, pero manteniendo est\u00e1ndares de seguridad rigurosos. En funci\u00f3n del rol que desempe\u00f1en, deber\u00e1n gestionar autorizaci\u00f3n previa o registro ante el BCRP.<\/p>\n