{"id":1027,"date":"2019-06-06T16:48:52","date_gmt":"2019-06-06T21:48:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.porto.legal\/?p=1027"},"modified":"2019-11-19T16:25:18","modified_gmt":"2019-11-19T21:25:18","slug":"flexibilidad-laboral-y-tecnologia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/flexibilidad-laboral-y-tecnologia\/","title":{"rendered":"Flexibilidad laboral y tecnolog\u00eda"},"content":{"rendered":"

Por Jos\u00e9 Miguel Porto<\/p>\n

Las industrias tecnol\u00f3gicas<\/strong> desarrollan principalmente intangibles y solo las personas son capaces de idear, crear, desarrollar y llevarlos al mercado. \u00a0Parad\u00f3jicamente las econom\u00edas digitales<\/strong>, donde principalmente se generan y comercializan intangibles en lugar de tangibles, dependen del capital humano. \u00a0<\/span><\/p>\n

Las econom\u00edas digitales cuentan con empresas tecnol\u00f3gicas l\u00edderes que son una importante fuente de trabajo<\/strong> y no cualquier clase de trabajo, sino trabajo bien remunerado que requiere de mano de obra calificada, capacitada y especializada. Esta mano de obra bien pagada tiene una mayor capacidad adquisitiva, lo cual permite dinamizar el mercado interno. <\/span><\/p>\n

\u00bfPodemos convertir al Per\u00fa en una Econom\u00eda Digital?<\/h2>\n

Siendo el capital humano el principal ingrediente del \u00e9xito de las empresas tecnol\u00f3gicas, \u00e9stas ponen especial \u00e9nfasis en atraer, retener y desarrollar talento. \u00a0<\/span><\/p>\n

En el libro \u201c<\/span>Trillion Dollar Coach: The Leadership PLaybook of Silicon Valley – Bill Campbell<\/b>\u201d de Eric Schmidt, Jonathan Rosenberg y Alan Eagle se\u00f1alan que: \u201c<\/span>Para que las compa\u00f1\u00edas sean exitosas, deben desarrollar continuamente grandes productos, y para ello deben atraer creativos inteligentes y construir un ambiente donde los empleados puedan tener \u00e9xito a escala<\/span>\u201d. \u00a0<\/span><\/p>\n

La m\u00e1xima de Sillicon Valley (<\/span>Hire Slow and Fire Fast<\/span>) procura asegurar que los procesos de contrataci\u00f3n atraigan a las personas adecuadas, probarlas, si no funcionan darles las herramientas necesarias y oportunidades de mejora en el corto plazo y si no hay mejor\u00eda, pasar a cesar al empleado para seguir este mismo ciclo con el siguiente candidato. <\/span><\/p>\n

Este modelo resulta en una alta rotaci\u00f3n de personal para garantizar la construcci\u00f3n de equipos robustos; que permitan lograr los objetivos en una industria agresivamente competitiva y que se desarrolla a pasos agigantados.\u00a0<\/span><\/p>\n

Siendo el capital humano indispensable para el desarrollo de las econom\u00edas digitales, se puede advertir que \u00e9stas se han desarrollado en jurisdicciones en donde existe una amplia flexibilidad laboral y el costo de atraer, retener y despedir personal es menos costosa. <\/span><\/p>\n

Para construir una econom\u00eda digital en el Per\u00fa<\/strong><\/a>, necesitar\u00edamos contar con un r\u00e9gimen migratorio que nos permita atraer talento de manera m\u00e1s eficiente y as\u00ed sumar capital humano calificado a nuestra fuerza laboral; mayor flexibilidad en cuanto a formas modales de contrataci\u00f3n; menores cargas laborales<\/strong> (vacaciones, gratificaciones, horas extras, entre otras) que permitan al empleador ser m\u00e1s asertivo en las estructuras remunerativas para sus empleados; flexibilizar la protecci\u00f3n contra el despido arbitrario (en un mercado tecnol\u00f3gico el riesgo de quiebra o insolvencia es mayor por la alta competencia) y menores costos y contingencias para cesar trabajadores (indemnizaciones, reposiciones).<\/span><\/p>\n

Las principales econom\u00edas digitales, como Estados Unidos, pa\u00edses escandinavos y algunos otros pa\u00edses asi\u00e1ticos han desarrollado normas laborales flexibles y son la base de las principales empresas de tecnolog\u00eda a nivel mundial. \u00a0<\/span><\/p>\n

Merece por ello, revisar nuestras normas laborales para flexibilizarlas; ya que <\/span>no podremos crear una econom\u00eda digital si nuestro pa\u00eds cuenta con poca flexibilidad laboral<\/b>. \u00a0<\/span><\/p>\n

\u00bfC\u00f3mo incentivar la capacitaci\u00f3n de trabajadores?<\/h2>\n

Las empresas de tecnolog\u00eda<\/strong> invierten muchos recursos en capacitar a su personal para desarrollar productos y servicios nuevos en el mercado. \u00a0Naturalmente, existe un incentivo natural para que \u00e9stas empresas capaciten a su personal, sin que \u00e9ste sea un gasto menor para la organizaci\u00f3n. \u00a0<\/span><\/p>\n

En los mercados tecnol\u00f3gicos la capacitaci\u00f3n constante es clave para que el conocimiento dentro de la organizaci\u00f3n se mantenga vigente y permita el desarrollo de productos y servicios disruptivos. \u00a0<\/span><\/p>\n

Sin embargo, los incentivos de capacitaci\u00f3n de personal pueden afectarse si el empleador no est\u00e1 en capacidad de proteger su inversi\u00f3n mediante acuerdos de no competencia o de permanencia con sus empleados. <\/span><\/p>\n

Ning\u00fan empleador desea invertir tiempo y recursos en desarrollar personal<\/strong> para que luego \u00e9ste se pueda ir a trabajar a la competencia o abandone sus funciones en el corto plazo.<\/span><\/p>\n

En nuestra legislaci\u00f3n, la libertad de trabajo<\/strong> es el derecho constitucional que tiene toda persona para decidir el trabajo al que uno puede acceder, aceptar libremente propuestas laborales y cambiar de puesto y empleador, sin restricciones. <\/span><\/p>\n

Nuestra legislaci\u00f3n, no regula los acuerdos de permanencia o de no competencia; sin embargo creemos que esta clase de acuerdos deber\u00edan ser permitidos en la medida que sean razonables y proporcionales. \u00a0<\/span><\/p>\n

Exigir a un trabajador un compromiso de permanencia o un acuerdo de no trabajar para un competidor por un periodo de tiempo razonable, para que el empleador pueda amortizar su inversi\u00f3n en la capacitaci\u00f3n otorgada al empleado, puede resultar en una medida razonable y proporcional. <\/span><\/p>\n

Esta posici\u00f3n se deriva de una interpretaci\u00f3n legal y muchas veces dejar a la interpretaci\u00f3n de un juez laboral (que usualmente tiende a fallar en favor del empleado) puede resultar en una apuesta arriesgada.<\/span><\/p>\n

Sociedad digital y flexibilidad laboral<\/b><\/h2>\n

En la medida que el Per\u00fa pretenda dejar de ser un pa\u00eds que se concentra en la exportaci\u00f3n de commodities para escalar en la cadena de valor y exportar productos y servicios en una econom\u00eda digital, ser\u00e1 necesario flexibilizar la legislaci\u00f3n laboral para atraer inversi\u00f3n y capital humano que nos permita continuar construyendo una sociedad y econom\u00eda digital.<\/span><\/p>\n

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abogados especialistas en nuevas tecnolog\u00edas<\/a><\/h6>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Por Jos\u00e9 Miguel Porto Las industrias tecnol\u00f3gicas desarrollan principalmente intangibles y solo las personas son capaces de idear, crear, desarrollar y llevarlos al mercado. \u00a0Parad\u00f3jicamente las econom\u00edas digitales, donde principalmente se generan y comercializan intangibles en lugar de tangibles, dependen del capital humano. \u00a0 Las econom\u00edas digitales cuentan con empresas tecnol\u00f3gicas l\u00edderes que son una… Ver art\u00edculo<\/a>","protected":false},"author":28,"featured_media":1029,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[],"class_list":["post-1027","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-tecnologia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1027","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/28"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1027"}],"version-history":[{"count":9,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1027\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1549,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1027\/revisions\/1549"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1029"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1027"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1027"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.porto.legal\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1027"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}